5 de noviembre de 2021
Las sentencias del Tribunal Supremo se hacen públicas
Las sentencias del Tribunal Supremo (TS), máxima instancia de la jurisdicción común, serán de conocimiento público, con su divulgación en el sitio web de la institución.
De acuerdo con la Propuesta de Ley de Organización y Funcionamiento de TS, aprobada hoy por las comisiones especializadas de la Asamblea Nacional (AN), "las sentencias deberán publicarse en su versión íntegra, así como las respectivas declaraciones de voto, si las hubiere y resguardando la identidad de las partes, previa notificación de las partes".
Las sentencias de uniformidad de jurisprudencia serán publicadas en el Diario de la República en los términos de la ley del proceso, las sentencias de los procesos de recurso de casación y de revisión, así como todas aquellas cuya decisión tenga fuerza general obligatoria.
Según el constitucionalista Raúl Araújo, quien participó en la redacción de la propuesta, la actividad jurisprudencial debe ser de conocimiento público, con el fin de hacer más transparente la actividad de los tribunales.
El proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento del Tribunal Supremo (TS) pasa a votación global final en el primer pleno ordinario de la Asamblea Nacional, prevista para el 17 de noviembre.
Mayor número de jueces
Se espera que la composición del Tribunal Supremo aumente de 21 a 31 jueces consejeros, con base en la enmienda a la Propuesta de Ley Orgánica.
La propuesta tiene como objetivo garantizar la efectividad del nuevo cuadro de jueces de la Corte Suprema y la contratación de personal, para agilizar las decisiones de ese órgano.
No obstante la entrada en funcionamiento de los Tribunales de Apelación (Tribunales de Segunda Instancia), la ley propuesta prevé un aumento de 21 a 31 jueces consejeros del Tribunal Supremo.
La encuesta realizada recientemente por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos muestra que existe, en este momento, un número excesivo de casos para cada uno de los jueces consejeros de las distintas Salas de la Corte Suprema, que varía entre 77 y 298 casos.
La propuesta limita el número de casos para cada uno de los jueces asesores, según las respectivas Salas.
Así, la Sala Civil tendrá hasta 200 casos, igual número para la Sala Penal, mientras que la Sala Laboral, Contencioso Administrativo Tributario y Aduanero, así como la Justicia de Familia y Juvenil tendrán hasta 250 casos, respectivamente.
La solución que se presenta en la propuesta es que en caso de que los casos distribuidos a cada uno de los jueces concejales superen el 50 por ciento de lo establecido, el pleno designará un juez itinerante, quien será contratado entre los jueces de otras Salas que no tengan una carga elevada de procesos.
En este momento, gran parte de los casos que se encuentran en la Corte Suprema son de hecho y de derecho, los cuales serán, en el corto plazo, apreciados y resueltos en los Tribunales de Apelación.
En el ámbito de su autonomía administrativa y financiera, el Tribunal Supremo será competente para elaborar el reglamento interno necesario para su funcionamiento, aprobar el proyecto de presupuesto anual, así como contratar servicios y personal dentro de los límites definidos por la ley.
La propuesta se enmarca dentro del programa Justicia y Reforma Legislativa, fundamentalmente en lo referente a la reforma judicial, con el objetivo de proceder a la conformación de la nueva estructura orgánica de los tribunales de jurisdicción común.