11 de febrero de 2021
Hoy entra en vigor el nuevo Código Penal
El nuevo Código Penal y el Código de Procedimiento Penal entran en vigor hoy, después de su publicación, en noviembre del año pasado, en el Diário da República.
Los dos diplomas fueron publicados en el Diário da República nº 179, Serie I, mediante la Ley nº 38/20, de 11 de noviembre, que aprueba el Código Penal de Angola, y la Ley nº 39/20, de la misma fecha, que aprueba el Código de Procedimiento penal en Angola.
En declaraciones ayer a la prensa, el abogado Hélder Samoli afirmó que ahora se aplicarán los nuevos Códigos Penal y Procesal Penal a los delitos que se cometan a partir de hoy. El penalista explicó que los casos que ya están en juicio, como es el caso, por ejemplo, en el caso GRECIMA continúan siendo juzgados con los Códigos Penal y Procesal Penal vigentes hasta ayer, debido a que los hechos juzgados seguían vigentes durante esas leyes.
"Hay un principio general en el Derecho Penal, que es el de la irretroactividad. Por lo tanto, la nueva ley (en este caso, los Códigos de Procedimiento Penal y Penal) sólo prevé el futuro", a partir de la fecha de su publicación, dijo. Hélder Samoli, aclarando que quien cometa un delito a partir de hoy será juzgado con base en los nuevos códigos.
La misma opinión es compartida por el jurista Jocelino Malulo, en virtud del cual no se puede aplicar retroactivamente a una ley. Aclaró que los casos que se están tramitando ahora, cuyas infracciones ocurrieron antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal "deben ser juzgados con base en las disposiciones del Código Penal anterior". Por regla general.
Sin embargo, subrayó, "hay una excepción, la del principio de aplicación de la ley penal más favorable", es decir, si, por casualidad, la ley posterior, que es la futura, resulta más favorable al delincuente, será esta ley la que se aplicará y no la que prevalecía antes de cometer el delito". En el caso específico, aclaró, para el dictado de la sentencia, el juez debe tomar en cuenta lo dispuesto por la antigua y la nueva ley. A juicio del perito, lamentablemente, su labor es duplicar, pues tendrá que conocer la antigua y la nueva ley, para entender si, en el plano comparativo entre una y otra, "la misma ley penal tiene un reducido o agravado castigo en vista de la nueva ley ”.
Aclaró que si la nueva ley tiene una pena agravada, "se aplicará la antigua ley que estaba vigente al momento del hecho ilícito". En esta situación prevalece el principio de regla, es decir, la aplicación no retroactiva de la ley, una pena mitigada del delito, entonces se aplicará la nueva ley, "bajo el principio de la ley penal más favorable". El juez tendrá que mirar cualquiera de las leyes para ver la más favorable, advirtió.
Ventajas de los diplomas
En cuanto a las ventajas, dijo que el solo hecho de que sea una nueva ley, concebida en el contexto social, político, económico, regional e histórico actual, "en sí mismo es una ventaja, porque tendremos una ley que refleja la realidad actual y no una que tenga dos siglos de diferencia entre la realidad actual y las predicciones normativas que había en el código anterior". Por tanto," es una super ventaja", reforzó.
Otra ventaja, dijo, tiene que ver con que el nuevo Código Penal y el Código Procesal Penal terminaron, de alguna manera, con la excesiva dispersión legislativa en materia penal que existía en el país. “Teníamos muchos diplomas separados que tipificaban comportamiento como delitos. Ahora tenemos estas disposiciones penales casi todas reunidas en un solo instrumento. Tenemos un código real, una recopilación de reglas en un solo instrumento. Y esto, en términos de certeza y seguridad de los ciudadanos, es una ganancia", dijo.
Pero Jocelino Malulo señaló la penalización excesiva de la conducta como desventaja del nuevo Código Penal y Procesal Penal. “Teníamos una visión legislativa de la policía, de la represión que el legislador penal entendía que cualquier cosa y todo era un delito que, de alguna manera, chocaba con el principio de fragmentación penal”, dijo.