12 de julio de 2023
Angola prepara la ratificación de las enmiendas al Protocolo del Tribunal Africano de Justicia
La República de Angola podría convertirse en uno de los primeros Estados Miembros de la Unión Africana (UA) en ratificar las Enmiendas al Protocolo Relativo al Estatuto de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos.
Las comisiones especializadas de la Asamblea Nacional (AN) aprobaron este martes, con carácter general, el informe de dictamen conjunto y el proyecto de Resolución de este Protocolo, que serán votados en el Pleno el día 27 de este mes.
El Protocolo de Enmiendas al Protocolo sobre el Estatuto de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos fue adoptado por la 20ª Sesión de la Asamblea de la Unión Africana, celebrada el 27 de junio de 2014, en la ciudad de Malabo (Guinea Ecuatorial).
Forma parte de los objetivos y principios establecidos en el Acta Constitutiva de la Unión Africana, adoptada en la ciudad de Lomé, Togo, el 11 de julio de 2000, entre los que se encuentra el compromiso con la resolución de conflictos por medios pacíficos.
Hasta el momento ningún país lo ha ratificado, y se espera que Angola sea el primer Estado Miembro de la UA en ratificarlo, anunciando su participación en los órganos de la Unión Africana y en particular en el proceso de constitución de este Tribunal.
La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, así como otros instrumentos relativos a los Derechos Humanos, contribuyen al compromiso de promover la paz, la seguridad y la estabilidad en el Continente Africano y a la protección de los Derechos Humanos y de los Pueblos, que, con esta marco, se adoptó este Protocolo.
Según el informe de justificación, la República de Angola, al aprobar y ratificar este instrumento legal “tendrá las ventajas de una mejor organización de la Corte para la promoción de la paz, el buen gobierno, el respeto de los derechos humanos y los principios democráticos”.
El Protocolo tiene como objetivo adoptar una mejor organización de la Corte, con una jurisdicción adecuada, para definir ampliamente la Sección de Derecho Penal Internacional de la Corte, incluida su jurisdicción penal internacional en crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, gobierno inconstitucional, piratería , terrorismo, corrupción, lavado de dinero, entre otros.
Está estructurado en una parte preambular y una parte dispositiva, conteniendo 3 (tres) capítulos y 12 (doce) artículos y un anexo relacionado con el Estatuto de la Corte Africana de Justicia, Derechos Humanos y de los Pueblos. CC/AL/ADR