23 DE SEPTIEMBRE DE 2014
La Constitución angoleña es excelente y completa
El profesor catedrático portugués Jorge Bacelar Gouveia dijo, en Luanda, que Angola hay una excelente Constitución y minimizó comentarios, según los cuales otorgan poderes excesivos al Presidente de la República.
El constitucionalista manifestó la opinión al hablar sobre “La administración Pública de Angola: Una Vista Constitucional” en el coloquio sobre “Administración Pública en el Siglo XXI en Angola” promocionado por la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Católica de Angola.
El profesor catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nova de Lisboa explicó que la Constitución angoleña, la más jóven de los países de lengua portuguesa, “es excelente” por ser completa e integrar “todo un conjunto de asuntos que su antecesora, la Ley Constitucional de 1992 no tenía”.
“Es sobretodo excelente en las soluciones que propone”, subrayó. En términos de Administración Pública, dijo, la Constitución angoleña es moderna y avanzada, a partir del momento en el que reconoce que el Poder Local es constituido no sólo por autarquías, sino también por las instituciones del Poder Tradicional, además de todos los derechos que otorga, tanto a los administrados, como a los ciudadanos en general.
“Hay todo un conjunto de mecanismos que a mi parecer son muy positivos. Con seguridad que puede haber otro pormenor que podamos criticar, pero comparando la Constitución angoleña con la portuguesa, brasileña o la de algunos otros países africanos de lengua portuguesa, no tengo ninguna duda en afirmar que es excelente”, dijo.
Jorge Bacelar Gouveia dijo haber quedado “muy sorprendido” al oír comentarios de algunos constitucionalistas que acusan la Constitución angoleña de ser dictatorial o de consagrar excesiva concentración de poderes en la figura del Presidente de la República.
El orador recordó no haber “ninguna concentración excesiva de poderes”. “Hay un poder, que es el Ejecutivo y está en el Presidente de la República, uno Legislativo en el Parlamento y el Judicial en los tribunales”.
El constitucionalista portugués defendió el principio de gradualidad en la creación de las autarquías, “como de resto consagra la Constitución angoleña”.
El legislador, al optar por el principio de gradualidad, destacó, prestó especial atención en la realidad del país. El orador dijo que “la creación de los municipios no puede ser simultanea y total en todo el país”.
El gradualismo, prosiguió, significa que la reforma puede ser falseada, en el ámbito de los municipios que en cada momento son escogidos para ser municipalizados, pero también en las competencias que van a ser transferidas.
Jorge Bacelar Gouveia afirmó tratarse de “una cuestión compleja” pero rechazó la idea, según la cual el hecho de haber pasado cuatro años desde la entrada en vigor de la Constitución de la República es señal de que se está violando el principio de gradualidad.
“Tengo entendido que la reforma legislativa está casi lista. Cuatro años no es mucho para una reforma de tan gran envergadura”, dijo, pero destacó ser “necesario acelerar y sobretodo encajar las elecciones de los municipios con las generales por una cuestión de economía financiera”.
El orador declaró que para haber elecciones autárquicas es necesario que se apruebe una Ley de Marco de los Municipios.