01 DE ABRIL DE 2016
Declaración de la Unión Europea viola las normas internacionales
El Ministerio de las Relaciones Exteriores afirmó la necesidad de que las entidades extranjeras no se pronuncien con el objetivo de evitar que la comunidad internacional haga interpretaciones negativas de las decisiones jurídicas angoleñas.
Esta fue la respuesta del ministerio a la delegación de la Unión Europea en Angola, sobre la sentencia del caso 15+2, que condena a 17 ciudadanos angoleños con entre 4-8 años de prisión y seis meses, debido a los actos que preparaban para la revuelta y asociación de rebeldes.
Para el departamento ministerial, la declaración de esta entidad internacional conforma una injerencia inaceptable en los asuntos internos de un Estado soberano. “Es importante dejar que los tribunales conduzcan los procesos en estricto análisis de la ley de todo tipo de presiones”, dijo el ministerio en el documento, reiterando el compromiso del Gobierno de la República de Angola con la promoción y protección de los derechos humanos en el país.
Explica que el compromiso del Gobierno de Angola es reconocido por el Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y por la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, así como por la propia Unión Europea, dentro del marco del mecanismo de diálogo “Camino Conjunto”.
El órgano también explica que este pronunciamiento, supone una clara violación de la Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas y Consulares, que estipula, entre otros, los parámetros de actuación de las Misiones Diplomáticas acreditadas en un Estado extranjero.
Destaca que en los términos del artículo 1750 de la Constitución de la República de Angola, los tribunales gozan de independencia en el ejercicio de su función jurisdiccional, existiendo la separación de poderes, tal como ocurre en la mayoría de países, incluyendo los de la Unión Europea.
“Por otro lado, hay que pensar que en términos del artículo 4070 del Código de Proceso Penal, el juicio es público. Aún así, las limitaciones físicas del espacio donde tuvieron lugar las audiencias obligaron a restringir al público asistente, a través de una nota previa del juez presidente del Tribunal Provincial de Luanda, donde aseguraba la presencia de tan solo dos familiares por cada acusado, además de los abogados de defensa y otros agentes fiscales”, explica.
Añade que, por este motivo, no ha sido posible atender al pedido de la Unión Europea, que en el momento oportuno fue informada sobre el hecho. “El Ministerio de las Relaciones Exteriores tomó conocimiento, con preocupación de la Declaración de la Delegación de la Unión Europea en Angola, bajo la sentencia del caso 15+2, que según este entidad, suscita dudas en lo que se refiere al respeto por las garantías procesales y por el principio de la proporcionalidad”, destaca en el ministerio en el documento.