25 DE NOVIEMBRE DE 2015
Angola pupodráede aplicar el arresto domiciliario a partir de diciembre
Los tribunales podrán aplicar el arresto domiciliario como alternativa a la prisión preventiva, en virtud de la nueva legislación de medidas cautelares, que también introduce la figura del juez de turno.
Las innovaciones en el nuevo régimen jurídico de las Medidas Provisionales de Procedimiento Penal y Revisiones, búsqueda y captura, han sido presentadas este lunes en Luanda, a jueces, investigadores y fiscales.
La nueva ley va a definir plazos "muy concretos" de la prisión preventiva, algo que hasta ahora no pasaba, mediante sucesivas ampliaciones (45 días) permitidos.
El período de prueba prevé un límite de cuatro meses en la fase de instrucción preparatoria y otros dos meses en la fase judicial en los delitos comunes. Además, no se puede aplicar a las mujeres embarazadas a partir de seis meses de embarazo o ciudadanos mayores de 65 años con complicaciones de salud.
Uno de los objetivos de la nueva ley es limitar la prisión preventiva en Angola, que sólo podrá imponerse en los casos más graves.
La "gran innovación" de la nueva ley es la introducción de la figura del juez de turno en todos los tribunales del país, con la posibilidad de "reconsiderar" a petición de la parte demandada las medidas coercitivas aplicadas por los fiscales "por un período máximo de cinco días para pronunciarse sobre el mantenimiento o modificación de la medida cautelar impuesta."
La introducción de la aplicación de la prisión domiciliaria como alternativa a la prisión preventiva es otra de las novedades de esta legislación, que sustituirá a la actual Ley de la Prisión Preventiva, que se mantendrá vigente hasta el 17 de diciembre.